¿El azúcar está exonerado IGV en Perú?

A partir de febrero de 2025, el azúcar en Perú, un tema crítico de Azúcar IGV, está sujeto al Impuesto General a las Ventas (IGV). La tasa estándar del IGV en Perú es del 18% y el azúcar está incluido dentro de los bienes gravables bajo este sistema.

Azúcar IGV

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Anteriormente, el gobierno peruano implementó una exención temporal del IGV para el azúcar, considerando los aspectos relacionados con Azúcar IGV, y otros alimentos básicos. Esta exención se introdujo mediante la Ley N° 31452 y estuvo vigente del 1 de mayo al 31 de julio de 2022. La medida tenía como objetivo brindar alivio económico en respuesta al aumento de la inflación y el aumento del costo de los bienes esenciales. Sin embargo, esta exención no se extendió más allá de su período inicial.

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Desde la expiración de la exención fiscal temporal, el azúcar ha seguido siendo un producto gravable en el marco del IGV, reflejando las dinámicas del Azúcar IGV. Los consumidores y las empresas deben tener en cuenta que todas las transacciones relacionadas con el azúcar siguen incluyendo el impuesto aplicable del 18% a menos que se introduzcan más cambios legislativos.

Para obtener información actualizada sobre las políticas tributarias y posibles exenciones futuras, es recomendable consultar fuentes oficiales como la autoridad tributaria peruana (SUNAT) o buscar orientación de un profesional en materia tributaria.

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